La OMIC
Que es la OMIC
Así, La Oficina Municipal de Información al Consumidor, nace para prestar a todos los ciudadanos vecinos de Écija, un servicio gratuito de información y orientación, además de atender las Consultas y tramitar las Reclamaciones y Denuncias planteadas en materia de consumo.
El objetivo fundamental de la labor desarrollada por la OMIC, es garantizar la Defensa y Protección de los Derechos legítimos de los Consumidores y Usuarios, y poner a su alcance los medios e instrumentos para ejercitarlos.
Funciones de la OMIC
• La información, ayuda y orientación a los consumidores y usuarios para el adecuado ejercicio de sus derechos.
• La recepción, registro y acuse de recibo de denuncias, reclamaciones y solicitudes de arbitraje de los consumidores, y su remisión a entidades u órganos correspondientes.
• Servir de cauce de mediación voluntaria en los conflictos.
• Elevar consulta a los Consejos Provinciales o al Consejo Andaluz de Consumo en aquellos asuntos que se consideren de interés o relevancia para los consumidores.
• Promover el Arbitraje de Consumo, como un medio extrajudicial para resolver los conflictos entre empresas y consumidores.
• Suministrar a través de los órganos competentes en materia de consumo de la Administración de la Junta de Andalucía, la información requerida por las distintas Administraciones.
• Disponer de documentación técnica y jurídica sobre temas de consumo.
Destinatarios
• Son Consumidores y Usuarios, las personas físicas o jurídicas que adquieren, utilizan o disfrutan como destinatarios finales bienes o servicios.
No tienen esta condición aquellas personas o profesionales, que sin constituirse en destinatarios finales, adquieran, utilizan o disfrutan de bienes o servicios con el objetivo de integrarlos en una organización o en el ejercicio de una actividad empresarial, profesional o de prestación de servicios.
¿ Quiénes son Destinatarios finales?
• Las personas físicas que adquieren, utilizan o disfrutan bienes o servicios cuya exclusiva finalidad es el uso o disfrute personal, familiar o doméstico.
• Las personas jurídicas que adquieran, utilicen o disfruten bienes o servicios destinados de forma desinteresada, gratuita o sin ánimo de lucro a sus trabajadores, socios o miembros o para ellas mismas.
• Las entidades asociativas sin personalidad jurídica, que adquieran, utilicen o disfruten bienes o servicios sin ánimo de lucro.