Junta Arbitral de Consumo

Que es?

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Es una vía extrajudicial, rápida, eficaz y económica que permite resolver fácilmente los desacuerdos que puedan surgir entre los dos protagonistas del consumo: el comprador o usuario y el vendedor o prestador de servicios.

El Arbitraje de Consumo, se caracteriza por:

• Rapidez, porque se tramita en un corto espacio de tiempo. Máximo de 4 meses desde la designación del Colegio Arbitral.
• Eficacia, porque se resuelve mediante un laudo o resolución sin necesidad de tener que recurrir a la vía judicial ordinaria.
• Economía, porque es gratuito para las partes, que deben costear sólo en determinados supuestos la práctica de peritajes.
• Voluntariedad, porque ambas partes se adhieren libremente al sistema para quedar vinculadas a las resoluciones.
• Ejecutividad, porque los laudos (resoluciones arbitrales) son de aplicación obligada.

Si usted, consumidor o usuario, ve que un establecimiento ostenta este distintivo en su local o en su publicidad, se asegura poder resolver los desacuerdos que puedan producirse con él a través del arbitraje de consumo.

Si usted, empresario, se adhiere al sistema arbitral de consumo, podrá exhibir un distintivo oficial, debidamente registrado por la administración, que indicará a sus clientes la oferta de una garantía añadida a los servicios que les presta habitualmente.

"En la imagén de este párrafo, podrá usted ver el logo de La Junta Arbitral de Consumo"